martes, 29 de junio de 2010

TRANSFORMADORES

HISTORIA

Los Experimentos con Bobinas de Inducción


El fenómeno de inducción electromagnética en el que se basa el funcionamiento del transformador fue descubierto por Michael Faraday en 1831, se basa fundamentalmente en que cualquier variación de flujo magnético que atraviesa un circuito cerrado genera una corriente inducida, y en que la corriente inducida sólo permanece mientras se produce el cambio de flujo magnético.

La primera "bobina de inducción" para ver el uso de ancho fueron inventadas por el Rev. Nicholas Callan College de Maynooth, Irlanda en 1836, uno de los primeros investigadores en darse cuenta de que cuantas más espiras hay en el secundario, en relación con el bobinado primario, más grande es el aumento de la FEM.

Los científicos e investigadores basaron sus esfuerzos en evolucionar las bobinas de inducción para obtener mayores voltajes en las baterías. En lugar de corriente alterna (CA), su acción se basó en un vibrante "do&break" mecanismo que regularmente interrumpido el flujo de la corriente directa (DC) de las pilas.
Entre la década de 1830 y la década de 1870, los esfuerzos para construir mejores bobinas de inducción, en su mayoría por ensayo y error, reveló lentamente los principios básicos de los transformadores. Un diseño práctico y eficaz no apareció hasta la década de 1880, pero dentro de un decenio, el transformador sería un papel decisivo en la “Guerra de Corrientes”, y en que los sistemas de distribución de corriente alterna triunfo sobre sus homólogos de corriente continua, una posición dominante que mantienen desde entonces.

En 1876, el ingeniero ruso Pavel Yablochkov inventó un sistema de iluminación basado en un conjunto de bobinas de inducción en el que el bobinado primario se conectaba a una fuente de corriente alterna y los devanados secundarios podían conectarse a varias “velas eléctricas” (lámparas de arco), de su propio diseño. Las bobinas utilizadas en el sistema se comportaban como transformadores primitivos. La patente alegó que el sistema podría, “proporcionar suministro por separado a varios puntos de iluminación con diferentes intensidades luminosas procedentes de una sola fuente de energía eléctrica”.

En 1878, los ingenieros de la empresa Ganz en Hungría asignaron parte de sus recursos de ingeniería para la fabricación de aparatos de iluminación eléctrica para Austria y Hungría.

En 1883, realizaron más de cincuenta instalaciones para dicho fin. Ofrecián un sistema que constaba de dos lámparas incandescentes y de arco, generadores y otros accesorios.

En 1882, Lucien Gaulard y John Dixon Gibbs expusieron por primera vez un dispositivo con un núcleo de hierro llamado "generador secundario" en Londres, luego vendió la idea de la compañía Westinghouse de Estados Unidos.
También fue expuesto en Turín, Italia en 1884, donde fue adaptado para el sistema de alumbrado eléctrico.


El nacimiento del primer transformador

Entre 1884 y 1885, los ingenieros húngaros Zipernowsky, Bláthy y Deri de la compañía Ganz crearon en Budapest el modelo “ZBD” de transformador de corriente alterna, basado en un diseño de Gaulard y Gibbs (Gaulard y Gibbs sólo diseñaron un modelo de núcleo abierto). Descubrieron la fórmula matemática de los transformadores:

Donde: (Vs) es el voltaje en el secundario y (Ns) es el numero de espiras en el secundario, (Vp) y (Np) se corresponden al primario.

Su solicitud de patente hizo el primer uso de la palabra "transformador", una palabra que había sido acuñada por Bláthy Ottó.

En 1885, George Westinghouse compro las patentes del ZBD y las de Gaulard y Gibbs. Él le encomendó a William Stanley la construcción de un transformador de tipo ZBD para uso comercial.
Este diseño se utilizó por primera vez comercialmente en 1886.


Tipos de transformadores

Según sus aplicaciones


Transformador elevador/reductor de voltaje
Son empleados por empresas transportadoras eléctricas en las subestaciones de la red de transporte de energía eléctrica, con el fin de disminuir las pérdidas por efecto Joule. Debido a la resistencia de los conductores, conviene transportar la energía eléctrica a tensiones elevadas, lo que origina la necesidad de reducir nuevamente dichas tensiones para adaptarlas a las de utilización.

Transformadores elevadores
Este tipo de transformadores nos permiten, como su nombre lo dice elevar la tensión de salida con respecto a la tensión de entrada. Esto quiere decir que la relación de transformación de estos transformadores es menor a uno.

Transformadores variables

También llamados "Variacs", toman una línea de voltaje fijo (en la entrada) y proveen de voltaje de salida variable ajustable, dentro de dos valores.

Transformador de aislamiento
Proporciona aislamiento galvánico entre el primario y el secundario, de manera que consigue una alimentación o señal "flotante". Suele tener una relación 1:1. Se utiliza principalmente como medida de protección, en equipos que trabajan directamente con la tensión de red. También para acoplar señales procedentes de sensores lejanos, en resistencias inesianas, en equipos de electromedicina y allí donde se necesitan tensiones flotantes entre sí.

Transformador de alimentación
Pueden tener una o varias bobinas secundarias y proporcionan las tensiones necesarias para el funcionamiento del equipo. A veces incorporan fusibles que cortan su circuito primario cuando el transformador alcanza una temperatura excesiva, evitando que éste se queme, con la emisión de humos y gases que conlleva el riesgo de incendio. Estos fusibles no suelen ser reemplazables, de modo que hay que sustituir todo el transformador.

Transformador trifásico
Tienen tres bobinados en su primario y tres en su secundario. Pueden adoptar forma de estrella (Y) (con hilo de neutro o no) o delta (Δ) y las combinaciones entre ellas: Δ-Δ, Δ-Y, Y-Δ y Y-Y. Hay que tener en cuenta que aún con relaciones 1:1, al pasar de Δ a Y o viceversa, las tensiones de fase varían.

Transformador de pulsos
Es un tipo especial de transformador con respuesta muy rápida (baja autoinducción) destinado a funcionar en régimen de pulsos y además de muy versátil utilidad en cuanto al control de tensión 220 V.

Transformador con diodo dividido
Es un tipo de transformador de línea que incorpora el diodo rectificador para proporcionar la tensión contínua de MAT directamente al tubo. Se llama diodo dividido porque está formado por varios diodos más pequeños repartidos por el bobinado y conectados en serie, de modo que cada diodo sólo tiene que soportar una tensión inversa relativamente baja. La salida del transformador va directamente al ánodo del tubo, sin diodo ni triplicador.

Transformador híbrido o bobina híbrida
Es un transformador que funciona como una híbrida. De aplicación en los teléfonos, tarjetas de red, etc.

Transformador electrónico
Esta compuesto por un circuito electrónico que eleva la frecuencia de la corriente eléctrica que alimenta al transformador, de esta manera es posible reducir drásticamente su tamaño. También pueden formar parte de circuitos más complejos que mantienen la tensión de salida en un valor prefijado sin importar la variación en la entrada, llamados fuente conmutada.

Transformadores de medida
Entre los transformadores con fines especiales, los más importantes son los transformadores de medida para instalar instrumentos, contadores y relés protectores en circuitos de alta tensión o de elevada corriente. Los transformadores de medida aíslan los circuitos de medida o de relés, permitiendo una mayor normalización en la construcción de contadores, instrumentos y relés.


Según su construcción

Transformador con núcleo toroidal
El bobinado consiste en un anillo, normalmente de compuestos artificiales de ferrita, sobre el que se bobinan el primario y el secundario. Son más voluminosos, pero el flujo magnético queda confinado en el núcleo, teniendo flujos de dispersión muy reducidos y bajas pérdidas por corrientes de Foucault.

Transformador de grano orientado
El núcleo está formado por una chapa de hierro de grano orientado, enrollada sobre sí misma, siempre en el mismo sentido, en lugar de las láminas de hierro dulce separadas habituales. Presenta pérdidas muy reducidas pero es caro. La chapa de hierro de grano orientado puede ser también utilizada en transformadores orientados (chapa en E), reduciendo sus pérdidas.

Transformador de núcleo de aire
En aplicaciones de alta frecuencia se emplean bobinados sobre un carrete sin núcleo o con un pequeño cilindro de ferrita que se introduce más o menos en el carrete, para ajustar su inductancia.

Transformador de núcleo envolvente

Están provistos de núcleos de ferrita divididos en dos mitades que, como una concha, envuelven los bobinados. Evitan los flujos de dispersión.

Transformador piezoeléctrico
Para ciertas aplicaciones han aparecido en el mercado transformadores que no están basados en el flujo magnético para transportar la energía entre el primario y el secundario, sino que se emplean vibraciones mecánicas en un cristal piezoeléctrico. Tienen la ventaja de ser muy planos y funcionar bien a frecuencias elevadas. Se usan en algunos convertidores de tensión para alimentar los fluorescentes del backlight de ordenadores portátiles

Se denomina transformador a una máquina eléctrica que permite aumentar o disminuir la tensión en un circuito eléctrico de corriente alterna, manteniendo la frecuencia. La potencia que ingresa al equipo, en el caso de un transformador ideal, esto es, sin pérdidas, es igual a la que se obtiene a la salida. Las máquinas reales presentan un pequeño porcentaje de pérdidas, dependiendo de su diseño, tamaño, etc.

El transformador es un dispositivo que convierte la energía eléctrica alterna de un cierto de nivel de voltaje, en energía alterna de otro nivel de voltaje, por medio de la acción de un campo magnético. Está constituido por dos o más bobinas de alambre, aisladas entre sí eléctricamente por lo general arrolladas alrededor de un mismo núcleo de material ferromagnético. La única conexión entre las bobinas la constituye el flujo magnético común que se establece en el núcleo.

Los transformadores son dispositivos basados en el fenómeno de la inducción electromagnética y están constituidos, en su forma más simple, por dos bobinas devanadas sobre un núcleo cerrado de hierro dulce o hierro silicio. Las bobinas o devanados se denominan primario y secundario según correspondan a la entrada o salida del sistema en cuestión, respectivamente. También existen transformadores con más devanados; en este caso, puede existir un devanado "terciario", de menor tensión que el secundario.

Funcionamiento:

Si se aplica una fuerza electromotriz alterna en el devanado primario, las variaciones de intensidad y sentido de la corriente alterna crearán un campo magnético variable dependiendo de la frecuencia de la corriente. Este campo magnético variable originará, por inducción electromagnética, la aparición de una fuerza electromotriz en los extremos del devanado secundario.

domingo, 27 de junio de 2010

Reglamento de instalaciones Electricas


Reglamento de instalaciones eléctricas

NORMAS Y REGLAMENTOS VIGENTES

Esta reglamentación establece las condiciones mínimas que deberán cumplir las instalaciones eléctricas para preservar la seguridad de las personas y de los bienes, así como asegurar la confiabilidad de su funcionamiento. Rige para las instalaciones en inmuebles destinados a viviendas, comercios, oficinas y para las instalaciones en locales donde se cumplan funciones similares, inclusive las temporarias o provisorias, con tensiones alternas de hasta 1.000 V (valor eficaz) entre fases y frecuencia nominal de 50 Hz (ver norma IRAM 2001).

No están comprendidas en esta Reglamentación:

a) Las instalaciones específicas de generación, transmisión y distribución de la energía eléctrica.
b) Las instalaciones específicas de procesos industriales.
c) Las instalaciones de alumbrado público.
d) Las instalaciones específicas de sistemas de comunicaciones.
e) Las instalaciones específicas que tengan un uso relacionado con la asistencia médica o servicios críticos que exijan condiciones adicionales de seguridad y de continuidad de servicios especiales.

Para estas instalaciones podrán establecerse requisitos especiales, sin embargo en ausencia e éstos deberán satisfacerse como mínimo las especificaciones de este reglamento en lo que les sea aplicable.
2.1. Esquema
Las instalaciones eléctricas en inmuebles deberán ajustarse como mínimo a alguno de los esquemas básicos.

Esquema General

Instalación Individual Instalación Múltiple

2.2. Definiciones
2.2.1. Líneas

Las líneas deberán ser por lo menos bifilares. De acuerdo con su ubicación en la instalación, las líneas reciben las siguientes designaciones:
De alimentación: es la que vincula la red de la empresa prestataria del servicios eléctrico con los bornes de entrada del medidor de energía.
Principal: es la que vincula los bornes de salida del medidor de energía con los bornes de entrada de los equipos de protección y maniobra del tablero principal.
Seccional: es la que vincula los bornes de salida de un tablero con los bornes de entrada del siguiente.
De circuito: es la que vincula los bornes de salida del último tablero con los puntos de conexión de los aparatos de consumo.

2.2.2. Tableros
Los tableros están constituidos por cajas o gabinetes que contienen los dispositivos de conexión, comando, medición, protección, alarma y señalización, con sus cubiertas y soportes correspondientes.
De acuerdo con la ubicación en la instalación, los tableros reciben las siguientes designaciones:
Tablero principal: es aquél al que acomete la línea principal y del cual se derivan las líneas seccionales o de circuitos.
Tablero seccional: es aquél al que acomete la línea seccional y del cual se derivan otras líneas seccionales o de circuito. El tablero principal y los seccionales pueden estar separados o integrados en una misma ubicación.

2.3. Medidas de protección y de seguridad personal
2.3.1. Protección contra sobrecargas (larga duración)

Las características de los elementos de protección (fusibles, interruptores automáticos, etc.), deberán ajustarse al siguiente criterio: una vez determinada la corriente de proyecto Ip de la instalación y elegida la sección del conductor (en función de lo establecido en el Capítulo 5 los valores característicos de la protección deben cumplir con las siguientes condiciones simultáneamente:
Ip ≤ In ≤ Ic
If = 1,45 Ic
Donde:
Ip: Corriente de proyecto de la línea a proteger.
In: Corriente nominal de la protección.
Ic: Corriente admitida por el conductor de la línea a proteger.
If: Corriente de fusión del fusible o de funcionamiento de la protección, dentro de los 60 minutos de producida la sobrecarga.

2.3.2. Protección contra cortocircuitos (corta duración)

La capacidad de interrupción o poder de corte a la tensión de servicio de los elementos de protección (fusibles, interruptores automáticos, etc.) deberá ser mayor que la corriente de cortocircuito máxima que pueda presentarse en el punto donde se instalen dichos elementos.
Estos elementos deberán ser capaces de interrumpir esa corriente de cortocircuito, antes que produzca daños en los conductores y conexiones debido a sus efectos térmicos y mecánicos.
La verificación térmica de los conductores a la corriente de cortocircuito (corta duración) deberá realizarse mediante la siguiente expresión:
S ≥ ( Icc x √t ) / k
Donde:
S [mm2] : Sección real del conductor.
Icc [A] : Valor eficaz de la corriente de cortocircuito máxima
t [S] : Tiempo total de operación de la protección.
k = 114 : Para conductores de cobre aislados en PVC.
74 : Para conductores de aluminio aislado en PVC.
142 : Para conductores de cobre aislados en goma etilenpropilénica o polietileno reticulado.
93 : Para conductores de aluminio aislado en goma etilenpropilénica o polietileno reticulado.
Los valores de k han sido determinados considerando que los conductores se encuentran inicialmente a la temperatura máxima de servicio prevista por las normas IRAM y que al finalizar el cortocircuito alcanzan la temperatura máxima prevista por las mismas normas (ver Capítulo 5)
2.3.3. Medidas de seguridad personal contra contactos eléctricos
Todos los elementos de la instalación deberán cumplir con las medidas de seguridad personal establecidas en el Capítulo 3.
2.4. Disposición de los principales componentes
2.4.1. Tableros

2.4.1.1. Protección de la línea de alimentación y del medidor de energía
Esta protección deberá cumplir con los requerimientos que establezca la empresa prestataria del servicio eléctrico.

2.4.1.2. Tablero principal
El tablero principal deberá instalarse a una distancia del medidor de energía, que será fijada, en cada caso, por acuerdo entre el constructor del edificio o propietario o usuario y el ente encargado de la distribución de energía eléctrica o el ente municipal o de seguridad con incumbencia en el tema, recomendándose que la misma sea lo más corta posible.
Sobre la acometida de la línea principal en dicho tablero, deberá instalarse un interruptor, como aparato de maniobra principal, que deberá cumplir con la condición 5 del punto 2.4.1.4. dispositivos de protección instalados en el mismo tablero cuando de éste se derive una única línea seccional.
La protección de cada línea seccional derivada, deberá responder a alguna de las siguientes alternativas:
a) Interruptor manual y fusibles (en ese orden). Deberán cumplir con las condiciones 1, 3 y 4 del punto 2.4.1.4.
b) Interruptor automático con apertura por sobrecarga y cortocircuito. Deberá cumplir con las condiciones 2, 3 y 4 del punto 2.4.1.4.
Nota: En caso de que el tablero cumpla además las funciones de tablero seccional, deberá cumplimentar también las prescripciones indicadas en 2.4.1.3.
2.4.1.3. Tableros seccionales
La disposición de los elementos de protección en los tableros seccionales, deberá responder a los siguientes requisitos:
a) Como interruptor general en el tablero seccional, se utilizará un interruptor con apertura por corriente diferencial de fuga, que cumpla con lo indicado en el punto 6.6.
En cuanto a la utilización de este dispositivo de protección, en relación con el nivel de seguridad, deberá tenerse en cuanto lo indicado en el punto 3.1.3.2.
Nota: Como alternativa, puede optarse, además de lo indicado en el punto 2.4.1.3.b, por la colocación de un interruptor diferencial en cada una de las líneas derivadas, en cuyo caso, como interruptor general se deberá colocar un interruptor automático o manual.
b) Por cada una de las líneas derivadas se instalará un interruptor manual y fusible (en ese orden), o interruptor automático con apertura por sobrecarga y cortocircuito.
c) Los interruptores manuales con fusibles cumplirán las condiciones 1, 3 y 4 del punto 2.4.1.4.
Los interruptores automáticos cumplirán los puntos 2, 3 y 4 del punto 2.4.1.4.
La resistencia de puesta a tierra deberá tener los valores indicados en el punto 3.2.3.2.
2.4.1.4. Condiciones que deben cumplir los elementos de maniobra y protección, principal y seccional.
1) El interruptor manual y los fusibles deberán poseer un enclavamiento que no permita que éstos puedan ser colocados o extraídos bajo carga.
2) El interruptor automático deberá tener la posibilidad de ser bloqueado en la posición de abierto, o bien ser extraíble. En este último caso la extracción sólo podrá realizarse en la posición "abierto".
3) La distancia aislante entre contactos abiertos del interruptor será visible o unívocamente indicada por la posición "abierto" del elemento de comando. En caso contrario deberá tener una señalización adicional que indique la posición real de los contactos. Tal indicación solamente se producirá cuando la distancia aislante entre contactos abiertos sobre cada polo del sistema se haya obtenido realmente sin posibilidad alguna de error.
4) En el caso de instalaciones monofásicas se deberá instalar dispositivos de protección y maniobras bipolares.
5) Los fusibles e interruptores no deberán intercalarse en el conductor neutro de instalaciones polifásicas. Deberá existir, sin embargo, sólo en el interruptor principal, un dispositivo que permita seccionar el neutro. Tal dispositivo será mecánicamente solidario al interruptor principal produciendo la apertura y cierre del neutro en forma retardada o anticipada, respectivamente a igual operación de los contactos principales de dicho interruptor. Las instalaciones monofásicas deberán ser consideradas como un caso particular. En ellas se deberá producir el seccionamiento del neutro simultáneamente con el de fase.
2.4.2. Líneas de circuito
3.1. Protección contra contactos directos.
3.1.1. Conceptos generales
Consiste en tomar las medidas destinadas a proteger a las personas contra los peligros que puedan resultar de un contacto con partes normalmente bajo tensión.
3.1.2. Protección por aislación por alejamiento o por medio de obstáculo de las partes bajo tensión:
Ninguna de las partes de una instalación que normalmente está bajo tensión, deberá ser accesible al contacto con las personas. La protección debe lograrse mediante aislación adecuada de las partes (que sólo puede quedar sin efecto destruyéndola mediante el uso de herramientas o bien, cuando técnicamente sea factible, colocando las partes fuera del alcance de la mano por medio de obstáculos adecuados: chapas, rejas, u otra protección mecánica. Dichos elementos de protección deberán tener suficiente rigidez mecánica para que impidan que, por golpes o presiones, se pueda establecer contacto eléctricos con las partes bajo tensión. Si las protecciones son chapas perforadas o rejas, deberá asegurarse la imposibilidaddealcanzarlaspartesbajotensiónhaciendoqueeltamañodelosorificios
cumpla con las condiciones establecidas por el grado IP2X de la Norma IRAM 2444.
Nota:
Todos los obstáculos mecánicos deben estar conectados eléctricamente entre sí y al conductor de protección de manera de asegurar su puesta a tierra.
3.1.3. Protección complementaria con interruptor automático por corriente diferencial de fuga (IRAM 2301)
La utilización del interruptor diferencial está destinada a complementar las medidas clásicas de protección contra contactos directos.
3.1.3.1. La corriente de operación nominal del interruptor diferencial no deberá superar 30 mA para asegurar la protección complementaria en caso de fallas de otras medidas de protección contra contactos directos o imprudencia de los usuarios, provocando la desconexión de la parte afectada de las instalación, a partir del establecimiento de una corriente de falla a tierra.
3.1.3.2 La utilización de tal dispositivo no está reconocida como medida de protección completa y, por lo tanto, no exime en modo alguno del empleo del resto de las medidas de seguridad enunciadas en el párrafo 3.1.2, pues, por ejemplo, este método no evita los accidentes provocados por contacto simultáneo con dos partes conductoras activas de potenciales diferentes.
3.1.3.3. Se debe notar que una solución de este tipo facilita la protección contra contactos indirectos, a la vez que permite condiciones de puesta a tierra técnica y económicamente factibles y tiene la ventaja adicional, desde el punto de vista de protección contra incendio, de supervisar permanentemente la aislación de las partes bajo tensión.
3.2. Protección contra contactos indirectos
3.2.1. Conceptos generales
Consiste en tomar todas las medidas necesarias destinadas a proteger a las personas contra los peligros que puedan resultar de un contacto con partes metálicas (masas) puestas accidentalmente bajo tensión a raíz de una falla en la aislación.
Definición de masas:
Conjunto de las partes metálicas de aparatos, de equipos y de las canalizaciones eléctricas y sus accesorios (cajas, gabinetes, etc.), que en condiciones normales, están aisladas de las partes bajo tensión, pero que puedan quedar eléctricamente unidas con estas últimas a consecuencia de un falla.
3.2.2. Protección por desconexión automática de la alimentación.
Este sistema de protección consta de un sistema de puesta e tierra y un dispositivo de protección. La actuación coordinada del dispositivo de protección con el sistema de puesta a tierra, permite que, en el caso de una falla de aislación de la instalación, se produzca automáticamente la separación de la parte fallada del circuito, de forma tal que las partes metálicas accesibles no adquieran una tensión de contacto mayor de 24 V. en forma permanente.
3.2.3. Instalación de puesta a tierra
3.2.3.1. Disposiciones generales
a) En todos los casos deberá efectuarse la conexión a tierra de todas las masas de la instalación.
b) Las masas que son simultáneamente accesibles y pertenecientes a la misma instalación eléctrica estarán unidas al mismo sistema de puesta a tierra.
c) El sistema de puesta a tierra será eléctricamente continuo y tendrá la capacidad de soportar la corriente de cortocircuito máxima coordinada con las protecciones instaladas en el circuito.
d) El conductor de protección (ver 3.2.3.4) no será seccionado eléctricamente en punto alguno nipasaráporelinterruptordiferencialencasodequeestedispositivoformepartedela
instalación.
e) La instalación se realizará de acuerdo a las directivas de la Norma IRAM 2281- Parte III.
3.2.3.2. Valor de la resistencia de puesta a tierra.
a) Partes de la instalación cubiertas por protección diferencial
El valor máximo de la resistencia de puesta a tierra será de 10 ohm (preferentemente no mayor de 5 ohm) (IRAM 2281 -Parte III ).
b) Partes de la instalación eventualmente no cubiertas por protección diferencial.
Se arbitraran los medios necesarios de manera de lograr que la tensión de contacto indirecto no supere 24 V para ambientes secos y húmedos
3.2.3.3. Toma de Tierra
La toma de tierra está formada por el conjunto de dispositivos que permiten vincular con tierra el conductor de protección. Esta toma deberá realizarse mediante electrodos, dispersores, placas, cables o alambres cuya configuración y materiales deberán cumplir con las Normas IRAM respectivas.
Se recomienda instalar la toma de tierra en un lugar próximo al tablero principal.
3.2.3.4. Conductor de protección
La puesta a tierra de las masas se realizarán por medio de un conductor, denominado "conductor de protección" de cobre electrolítico aislado (Normas IRAM: 2183; 2220; 2261; 2262) que recorrerá la instalación y cuya sección mínima se establece con la fórmula indicada en el punto 2.3.2. En ningún caso la sección del conductor de protección será menor a 2,5 mm².
Este conductor estará conectado directamente a la toma de tierra descripta en el punto 3.2.3.3., e ingresará al sistema de cañerías de la instalación por la caja de tablero principal.
3.2.3.5. Disposiciones particulares
a) Tomacorriente con puesta a tierra. La conexión al borne de tierra del tomacorriente identificado para esta función se efectuará desde el borne de conexión del conductor de protección en la caja mediante una derivación con cable de cobre aislado.
b) Conexión a tierra de motores u otros aparatos eléctricos de conexión fija. Se efectuará con un conductor de sección según el punto 3.2.3.4. y que esté integrado preferentemente al mismo cable de la conexión eléctrica.
c) Caños, cajas, gabinetes metálicos. Para asegurar su efectiva puesta a tierra se realizará la conexión de todas las cajas y gabinetes metálicos con el conductor de protección, para lo cual cada caja y gabinete metálico deberá estar provisto de un borne o dispositivo adecuado.
Además deberá asegurarse la continuidad eléctrica con los caños que a ella acometen, utilizando a tal efecto, dispositivos adecuados.
d) Caños, cajas, y gabinetes de material aislante. El conductor de protección deberá conectarse al borne de tierra previsto en las cajas y gabinetes.
Nota: Si en una instalación se vinculan caños metálicos y cajas aislantes deberán preverse dispositivos adecuados para conectar los caños al conductor de protección de cada caja.
4.1. Lugar de instalación
4.1.1. Tablero principal
El tablero principal, que deberá ubicarse según lo indicado en el punto 2.4.1.2., se instalará en lugar seco, ambiente normal, de fácil acceso y alejado de otras instalaciones, tales como las de agua, gas, teléfono, etc. Para lugares húmedos o en intemperie u otros tipos de ambiente, se deberá adoptar las previsiones adicionales indicadas en el Capítulo 8
Delante de la superficie frontal del tablero habrá un espacio libre para facilitar la realización de trabajos y operaciones.
Para el caso en que los tableros necesiten acceso posterior deberá dejarse detrás del mismo un espacio libre de 1 m. Los tableros deberán estar adecuadamente iluminados en forma que se puedan operar los interruptores y efectuar las lecturas de los instrumentos con facilidad.
El local donde se instale el tablero principal no podrá ser usado para el almacenamiento de ningún tipo de combustible ni de material de fácil inflamabilidad. La circulación frente al tablero no deberá ser obstaculizada en una distancia inferior a 1 m, siendo la relación mínima entre ancho y largo del local, no inferior a 0,2; no existirán desniveles en su piso y su altura mínima será de 2,8 m. El nivel de iluminación mínimo en el local en que se ubique el tablero será de 100 lux (Promedio).
La puerta del local deberá poseer la identificación "Tablero Eléctrico Principal" y estará construida con material de una resistencia al fuego similar a las paredes del local según clasificación del Decreto Reglamentario 351/79 de la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad del Trabajo Capítulo 18 ("Protección contra incendio") y poseerá doble contacto y cierre automático.
4.1.2. Tableros seccionales
Los tableros seccionales deberán estar instalados en lugares de fácil localización dentro de la unidad habitacional o comercial con buen nivel de iluminación y a una altura adecuada que facilite el accionamiento de los elementos de maniobra y protección, no debiendo interponerse obstáculos que dificulten su acceso.
4.2. Forma constructiva
Las partes constitutivas de los tableros podrán ser metálicas o de materiales plásticos que tengan, además de rigidez mecánica, características de ininflamabilidad, no higroscopicidad y propiedades dieléctricas adecuadas.
El grado de protección mínimo será IP 41 según Normas IRAM 2444. No tendrá partes bajo tensión accesibles desde el exterior. El acceso a las partes bajo tensión será posible sólo luego de la remoción de tapas o cubiertas mediante el uso de herramientas.
Las palancas o elementos de mando de los dispositivos de maniobra deberán ser fácilmente accionables y ubicados a una altura respecto del piso del local (en el que el tablero está instalado), entre 0,90 m y 2 m. Podrán estar a la vista o cubiertos por una puerta bisagrada que pueda retenerse en sus posiciones extremas por dispositivos diseñados a tal efecto.
Los componentes eléctricos no podrán ser montados directamente sobre las caras posteriores o laterales del tablero, sino en soportes, perfiles o accesorios dispuestos a tal efecto.
En la cara anterior sólo podrán montarse los elementos que deberán ser visualizados o accionados desde el exterior. Se deberá prever suficiente espacio interior como para permitir un montaje holgado de todos los componentes y facilitar el acceso, recorrido y conexionado de los cables, teniendo en cuenta sus dimensiones y radio de curvatura.
Las partes de los tableros no deberán superar las temperaturas establecidas en la Norma IRAM 2186.
Los tableros que tengan más de dos circuitos de salida deberá contar con un juego de barras que permita efectuar el conexionado o remoción de cada uno de los elementos de maniobra, cómodamente y sin interferir con los restantes. Este juego de barras podrá ser realizado con conductores aislados o desnudos montados sobre aisladores soporte.
Las barras deberán diseñarse para una corriente nominal no inferior a la de la línea de alimentación y para un valor de corriente de corto circuito, no inferior al valor eficaz de la corriente de falla máxima en el lugar de la instalación.
La disposición de las barras deberá ser N.R.S.T. del frente hacia atrás, de arriba hacia abajo o de izquierda a derecha, mirando desde el frente del tablero.
Las derivaciones de las barras deberán efectuarse mediante grapas, bornes o terminales apropiados, evitando el contacto de materiales que produzcan corrosión electroquímica.
Las barras de los tableros deberán estar identificados según el Código de Colores (Punto 7.2.5.).
No podrán instalarse otros conductores que los específicos a los circuitos del tablero en cuestión, es decir, no podrán usarse los tableros como caja de paso o empalme de otros circuitos.
Los conductores no podrán estar flojos ni sueltos en su recorrido dentro del tablero. Para ello deberán fijarse entre sí y a puntos fijos apropiados o tenderse en conductos especiales previstos a tal efecto. Las extremidades deberán ser preparadas de manera apropiada al tipo de borne a conectar a fin de garantizar una conexión eléctrica segura y duradera.


Los tableros dispondrán de una placa colectora de puesta a tierra, perfectamente identificada con la cantidad suficiente de bornes adecuados al número de circuitos de salida donde se reunirán todos los conductores de protección de los distintos circuitos y desde donde se realizará también la puesta a tierra del tablero. Se deberá asegurar que los tableros tengan continuidad eléctrica entre todas sus partes metálicas no activas.


Los tableros prearmados estarán marcados indeleblemente, por el fabricante de tal manera que las indicaciones permanezcan visibles después de la instalación. Figurarán como mínimo los siguientes datos:
- Fabricante responsable.
- Tensión de utilización (monofásica o trifásica).
- Corriente de cortocircuito máxima de cálculo.
En los casos en que los tableros sean armados por montadores electricistas, deberá marcarse con los mismos datos del punto anterior reemplazando la indicación "Fabricante responsable" por la de "Montador responsable".
Los equipos y aparatos de señalización, medición, maniobra y protección instalados en los tableros deberán estar identificados con inscripciones que precisen la función a la que están destinados.
Los tableros podrán ser diseñados para montaje sobre piso, sobre pared o de embutir.
Las masas de los instrumentos, relevadores, medidores y transformadores de medición, instalados en tableros se deberán poner a tierra.
Todas las indicaciones deberán expresarse en idioma nacional.
6.1. Definiciones
6.1.1. Elementos de maniobra
Son dispositivos que permiten establecer, conducir e interrumpir la corriente para la cual han sido diseñados.


6.1.2. Elementos de protección
Son dispositivos que permiten detectar condiciones anormales definidas (sobrecargas, cortocircuito, corriente de falla a tierra, etc.) e interrumpir la línea que alimenta la anormalidad u ordenar su interrupción a través del elemento de maniobra al que está acoplado.


6.2. Interruptores
Elementos mono, bi, tri y tretapolares, que tendrán un diseño tal que la velocidad de apertura de sus polos, no depende de la velocidad de accionamiento del operador.
Eltipounipolarcomprenderáalosllamadosinterruptoresdeefecto(porejemplo:depuntode
combinación, etc.).
En los interruptores bi y tripolares, los polos accionarán simultáneamente. En los interruptores tetrapolares el polo neutro (que deberá identificarse), conectará con anterioridad a los de las fases e interrumpirá con posterioridad a éstos. Los interruptores de efecto cumplirán con la norma IRAM 2007. Los otros interruptores cumplirán con la norma IRAM 2122.
6.3. Fusibles
Elemento de protección cuya capacidad de ruptura deberá ser igual o mayor a la calculada para su punto de utilización a la tensión de servicio.
En todos los casos el fusible será encapsulado y deberá ser desechado luego de su fusión. Los fusibles cumplirán con las prescripciones de las normas IRAM 2121; 2245.
6.4. Interruptor con fusibles
Es la combinación en un solo conjunto de los elementos definidos en 6.2 y 6.3. deberá poseer un enclavamiento tal que para acceder a la reposición de los fusibles, se deba previamente seccionar la alimentación.
Este enclavamiento podrá lograrse mediante traba de puerta, obstáculo de acceso a los fusibles cuando el interruptor se encuentre cerrado, etc.
Además deberá cumplir con la condición 3 del punto 2.4.2.4. (en construcción)
Los interruptores con fusibles cumplirán con las exigencias de la Norma IRAM 2122.
6.5. Interruptor automático
Elemento de maniobra y protección cuya capacidad de ruptura a la tensión de servicio, deberá ser igual o mayor a la corriente de cortocircuito en su punto de utilización. Su diseño deberá cumplir con las condiciones 2 y 3 del punto 2.4.2.4. (en construcción)
Los interruptores automáticos cumplirán con las prescripciones de la Norma IRAM 2169.
6.6. Interruptor por corriente diferencial de fuga (interruptor diferencial)
El interruptor diferencial deberá estar diseñado para funcionar automáticamente cuando la corriente diferencial de fuga exceda un valor determinado de ajuste. El elemento de protección diferencial se podrá integrar en una misma unidad con la protección contra sobrecarga y cortocircuito. Los interruptores diferenciales cumplirán con la Norma IRAM 2301.
Los motores de corriente alterna (mono o trifásicos) deberán tener como mínimo un dispositivo de maniobra y protección que permita el arranque y detención del motor mediante el cierre o apertura de todas las fases o polos en forma simultánea; y la protección de la línea de alimentación contra sobrecargas y cortocircuitos. En el caso de motores trifásicos de más de 0,75 kW, además de la protección indicada anteriormente, debe utilizarse un dispositivo de protección que interrumpa el circuito de alimentación cuando esté ausente la tensión de una fase. Se recomienda esta protección también para motores de menor potencia.
Para la adecuada elección del método de arranque, se deberá estudiar en todos los casos, las perturbaciones que puedan producir en la instalación. El sistema de arranque a elegir será aquél que asegure que la caída de tensión en la red no alcance valores inadecuados para los equipos conectados en la línea.
7.1. Consideraciones Generales
7.1.1. Proyecto eléctrico
No se deberá realizar instalaciones eléctricas sin la existencia previa de un proyecto que constará de planos y memoria técnica.
7.1.2. Elementos de instalación
Todos los elementos que formen parte de la instalación eléctrica, deben responder a las correspondientes normas aprobadas por el Instituto Argentino de Racionalización de Materiales (IRAM).


7.1.3. Montaje y ubicación de los elementos de la instalación
Los elementos de la instalación eléctrica deberán ser montados de manera que permitan la realización de las tareas de verificación y mantenimiento.
7.1.4. Conexión de conductores
Las uniones y derivaciones de conductores de secciones de hasta 2,5 mm² inclusive podrán efectuarse intercalando y retorciendo sus hebras.
Las uniones y derivaciones de conductores de secciones mayores de 2,5 mm² deberán efectuarse por medio de borneras, manguitos de identar o soldar (utilizando soldadura de bajo punto de fusión con decapante de residuo no ácido) u otro tipo de conexiones que aseguren una conductividad eléctrica por lo menos igual a la del conductor original.
Para agrupamientos múltiples (más de 3 conductores) deberán utilizarse borneras de conexión (Norma IRAM 2441). Las uniones y derivaciones no podrán someterse a solicitaciones mecánicas y deberán cubrirse con un aislante eléctrico de características equivalentes al que poseen los conductores.
7.1.5. Continuidad eléctrica del conjunto masas-conductor de protección
Remitirse a las prescripciones dadas en el punto 3.2.3.4.
7.1.6. Interruptor de efecto
En instalaciones monofásicas, los interruptores de efecto deberán cortar el conducto de fase.
7.1.7. Tipos de canalización
Los tipos de canalización serán los siguientes:
Conductores aislados colocados en cañerías: embutidas o a la vista.
Conductores enterrados: directamente o en conductos.
Conductores preensamblados en líneas aéreas exteriores.
Bandeja portacable.
Blindobarras.
No se deberán colocar los conductores directamente en canaletas de madera o bajo listones del mismo material, ni tampoco embutidos o sobre mampostería, yeso, cemento u otros materiales. No se efectuarán instalaciones áreas en interiores.
7.2. Instalaciones con conductores aislados en cañerías
7.2.1. Agrupamiento de conductores en un mismo caño
Deberán cumplirse los siguientes requisitos:
a) Todos los conductores pertenecientes a una misma línea, cuando estuvieren protegidos dentro de caño metálico, deberán estarlo en conjunto y no individualmente. Esta medida comprende al conductor de protección.
b) Las líneas seccionales deberán alojarse en caños independientes. No obstante, se admitirán en un mismo caño aquellas líneas seccionales que correspondan a un mismo medidor.
c) Las líneas de circuitos de alumbrado y de tomacorrientes (usos generales) podrán alojarse en una misma cañería; contrariamente, las líneas de circuitos de conexión fijas o de circuitos especiales, deberán tener cañerías independientes para cada una de ellas (ver clasificación de circuitos en punto 2.4.3.1). (en construcción)
d) En un mismo caño se podrán alojar como máximo, tres líneas de circuito (uso general), siemprequepertenezcanalamismafaselasumadesuscargasmáximassimultáneasno
excedan los 20 A y el número total de bocas de salida alimentadas por estos circuitos en conjunto, no sea superior a 15 unidades.
e) En todas las cajas donde converjan líneas de diferentes circuitos, los conductores deberán estar identificados [por colores (ver punto 7.2.5), anillos numerados, cintas autoadhesivas, etc.], de manera de evitar que, por error, puedan interconectarse conductores vivos entre sí o neutros entre sí, de diferentes circuitos.
f) En una misma boca de salida no podrán instalarse elementos (interruptores de efecto o tomacorrientes), alimentados por diferentes circuitos (ver punto 2.5.3.d)
7.2.2. Diámetro mínimo de los caños
El diámetro interno mínimo de los caños se determinará en función de la cantidad, sección y diámetro (incluida la aislación) de los conductores, de acuerdo con la Tabla 7.1.
Para los casos no previstos en la Tabla, el área total ocupada por los conductores, comprendida la aislación, no deberá exceder el 35% de la sección interna del caño. El diámetro interno mínimo de los caños que alojen líneas seccionales y principales deberá ser de 15,3 mm. El diámetro interno mínimo de los caños que alojen líneas de circuito deberá ser de 12,5 mm.
Conductores con aislación termoplástica
8.3. Instalaciones a la Intemperie.
Para estas instalaciones rigen los requisitos establecidos para locales húmedos modificando el nivel de protección de los elementos que lo componen al grado IP43 como mínimo. Deberán considerarse los efectos del viento, de la vegetación y de los animales sobre los equipos e instalaciones eléctricas.
8.4. Locales con vapores corrosivos
Son aquellos en los que existen vapores que pueden atacar los elementos de la instalación eléctrica. Estos locales deberán cumplir con las prescripciones señaladas para las instalaciones en locales mojados.
Las cajas y canalizaciones se protegerán con un revestimiento resistente a la acción de dichos vapores.
Preferentemente los fusibles e interruptores deberán colocarse fuera de estos locales y los que deban necesariamente instalarse en su interior se alojarán en cajas especiales de cierre estanco y a prueba de corrosión.
Los artefactos de iluminación deberán ser estancos y construidos con materiales resistentes a la corrosión.
8.5. Locales polvorientos (no peligrosos)
Son aquellos donde el polvo, la suciedad y elementos en suspensión en el aire pueden acumularse en la superficie o dentro de las envolturas de equipos eléctricos, en cantidad suficiente para interferir con su operación normal. Los insectos pequeños pueden dar lugar a ambientes que correspondan a esta clasificación.
Los equipos, motores y aparatos eléctricos deberán estar protegidos contra el polvo.
El grado de protección será en función del diámetro de las partículas.
a) Partículas hasta 1 mm: protección IP5X, si no afecta el funcionamiento normal de los aparatos y, protección IP6X si afecta el funcionamiento de éstos.
b) Partículas de 1 mm hasta 2,5 mm: protección IP4X.
c) Partículas de 2,5 mm hasta 12 mm: protección IP3X.
Las canalizaciones deberán ser estancas al polvo.
8.6. Locales de ambiente peligroso
Son aquellos locales en los que se manipulan, procesan o almacenan materiales sólidos, líquidos o gaseosos, susceptibles de inflamación o explosión. Los locales peligrosos donde existen equipos e instalaciones eléctricas, se clasifican y dividen según el grado de peligrosidad de acuerdo a la Norma IRAM IAP A 20-1.
Las condiciones de construcción de envoltura antideflagrantes de maquinarias y aparatos eléctricos para ambientes explosivos están especificados en la Norma IRAM IAP A 20-4. Los requerimientos para motores y generadores a ser utilizados en ambientes peligrosos de clase II están especificados en la Norma IRAM IAP A 20-3.
En las instalaciones correspondientes a este tipo de locales, se procurará que el equipo esté situado en zonas en los que el riesgo sea mínimo o nulo.
También es posible reducir los peligros por medio de ventilación con presión positiva, utilizando una fuente confiable de aire limpio.
Las cañerías deberán ser metálicas de tipo pesado (IRAM 2100) y deberán poseer uniones a rosca.
La temperatura superficial del equipo y material eléctrico no debe sobrepasar la temperatura de inflamación de los elementos presentes.
La instalación eléctrica debe tener las protecciones adecuadas contra sobrecargas que aseguren que no se sobrepasen las temperaturas superficiales anteriores.
Los interruptores y fusibles, aparatos, motores y equipos deben montarse fuera de estos locales, de lo contrario, tendrán envoltura a prueba de explosión según corresponda a la clasificación del área. Se podrán utilizar cajas o gabinetes para uso general cuando los contactos de los interruptores se encuentren: 1) sumergidos en aceite; 2) completamente sellados en una cámara evitando la entrada de gases o vapores; o 3) en circuitos que bajo condiciones normales no proporcionen suficiente energía como para causar el encendido. Las canalizaciones deberán ser selladas herméticamente en los puntos de entrada a cajas y gabinetes donde se instalen dispositivos de protección y maniobra. Los sellos deberán ser instalados lo más cerca posible de las cajas y gabinetes y en ningún caso deberá superar una distancia de 0,50 m.
Las lámparas fijas y portátiles y artefactos de iluminación serán los adecuados a la clasificación del área y deberán cumplimentar las condiciones de seguridad establecidas en la Norma IRAM-IAP A 20-5.
Las instalaciones eléctricas deberá ser objeto de una inspección inicial previa a su puesta en servicio o al realizar una alteración, y de inspecciones periódicas a intervalos establecidos (ver punto 9.3.).
La inspección tendrá por objeto controlar que las instalaciones hayan sido efectuadas en concordancia con las prescripciones del presente Reglamento y además establecerá las tareas de mantenimiento necesarias.
9.2. Inspección inicial
La inspección inicial debe comprender las siguientes verificaciones:
9.2.1. Inspección visual
- Existencia, de la declaración del fabricante que todos los componentes cumplen con las Normas IRAM correspondientes.
- Correcto conexionado de la instalación de puesta a tierra (Norma IRAM 2281 - Parte III).
- Existencia en todos los tomacorrientes de la conexión del conductor de protección a su borne de puesta a tierra.
- Operación mecánica correcta de los aparatos de maniobra y protección.
- Acción eficaz de los enclavamientos de los aparatos de maniobra y protección.
- Comprobación de la correcta ejecución de las uniones eléctricas de los conductores.
- Correspondencia entre los colores de los conductos activos, neutro y de protección con los establecidos en el código de colores.
- Comprobación de la ubicación, características constructivas e inscripciones indicativas del tablero principal y tableros seccionales (Capítulo 4).
9.2.2. Conformidad con el proyecto aprobado
Verificar que la instalación cumpla con lo indicado en el proyecto aprobado y la memoria técnica, especialmente en lo relacionado a:
- Cantidad y destino de los circuitos, secciones de los conductores activos.
- Dimensiones y características de los materiales de las canalizaciones.
- Sección del conductor de protección.
- Características nominales de los aparatos de maniobra, seccionamiento y protección.
9.2.3. Mediciones
- Continuidad eléctrica de todos los conductores activos de las canalizaciones metálicas, con óhmetro de tensión menor a 12 V.
- Continuidad eléctrica del conductor de protección, con óhmetro de tensión menor a 12 V.
- Resistencia de aislación de la instalación eléctrica (punto 9.4.1.).
- Resistencia del sistema de puesta a tierra (puntos 9.4.2. y 3.2.3.2.).
9.3. Inspección periódica
La inspección periódica deberá comprender las siguientes verificaciones:
9.3.1. Inspección visual
- Correcto conexionado de la instalación de puesta en tierra (Norma IRAM 2281 - Parte III).
- Existencia en todos los tomacorrientes de la conexión del conductor de protección a su borne de puesta a tierra.
- Operación mecánica correcta de los aparatos de maniobra y protección.
9.3.2. Medición
- Continuidad eléctrica del conductor de protección, con óhmetro de tensión menor de 12 V.
- Resistencia de aislación de la tensión eléctrica (punto 9.4.1).
- Resistencia del sistema de puesta a tierra (puntos 9.4.2. y 3.2.3.2.).
Nota:
Se recomienda, además, verificar el estado de los cordones flexibles de los aparatos portátiles, así como sus dispositivos de conexión.
9.3.3. Frecuencia de las inspecciones
Las inspecciones periódicas deberán efectuarse según los siguientes plazos máximos:
a) Viviendas unifamiliares o unidades de vivienda en propiedad horizontal: cada 5 años.
b) Edificios destinados a oficinas o actividad comercial o instalaciones eléctricas comunes en edificios de propiedad horizontal: cada 3 años.
c) Cines, teatros u otros tipo de propiedad horizontal destinada a la realización de espectáculos o concentraciones de personas por cualquier motivo: cada 2 años.
d) Edificios o locales que presentan peligro de incendio: cada año.
9.4. Pruebas
9.4.1. Resistencia de aislación
Para la medición de la resistencia de aislación debe utilizarse un instrumento de corriente continua de una tensión igual al doble, como mínimo, de la tensión de servicio (valor eficaz) y debe descontarse la línea de alimentación.
La medición de la resistencia de aislación debe hacerse desconectando los artefactos y aparatos de consumo, debiendo quedar cerrados todos los equipos de maniobra y protección.
Se efectuarán las mediciones siguientes:
1) Entre conductores de fase.
2) Entre conductores de fase unidos entre sí y neutro.
3) Entre conductores de fase unidos entre sí y conductor de protección.
4) Entre conductor neutro y conductor de protección.
La medición de resistencia de aislación de circuitos de M.B.T.S. debe realizarse con una tensión mínima de 250 V.
9.4.1.1. Valor mínimo de la resistencia de aislación
El valor de la resistencia de aislación mínima será de 1000 ohm/V de tensión por cada tramo de instalación de 100 m ó fracción.
En ningún caso la resistencia de aislación podrá ser inferior a 220 K ohm.
9.4.2. Mención de la resistencia de puesta a tierra
La medición de la resistencia a puesta a tierra deberá efectuarse preferentemente aplicando el método del telurímetro descripto en la Norma IRAM 2281 parte I. Alternativamente se podrá utilizar el método que se esquematiza en la figura, empleando una resistencia variable entre 20 y 100 ohm, amperímetro, un voltímetro con resistencia interna superior a 40.000 ohm, apto para medir
una tensión entre 0 y 5 V, y una sonda enterrada a una profundidad de 0,50 m y a una distancia no menor de 20 m de la puesta a tierra.
El valor de la resistencia de puesta a tierra se obtiene mediante el cociente entre la tensión y la intensidad de la corriente, medidas en el voltímetro y el amperímetro respectivamente. Cuando se aplica este método se debe tener en cuenta que pueden existir tensiones espurias provocadas por corrientes vagabundas en el terreno capaces de alterar la medida.
Por ello, abriendo el interruptor debe verificarse que la lectura del voltímetro sea nula o despreciable. Si no lo es, el método no es aplicable.
9.5. Mantenimiento de las instalaciones
Las instalaciones eléctricas deberán ser revisadas periódicamente (ver punto 9.3.) y mantenidas en buen estado conservando las características originales de cada uno de sus componentes. Todas las anormalidades constatadas o potenciales de la instalación, detectables en el material eléctrico y sus accesorios deben ser corregidas mediante su reemplazo o reparación por personal competente.
La reparación debe asegurar el restablecimiento total de las características originales del elemento fallado. En el reemplazo de elementos sólo se utilizarán aquellos normalizados por IRAM.
La actuación sin causa conocida de los dispositivos de protección contra cortocircuitos, sobrecargas, contactos directos e indirectos, deberá ser motivo de una detallada revisión de la instalación antes de restablecer el servicio.